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Alcance de la responsabilidad del representante legal en cobro coactivo

El Consejo de Estado, en reciente pronunciamiento de la Sección Cuarta, delimitó el alcance de la responsabilidad subsidiaria de los representantes legales frente a procesos de cobro coactivo adelantados por la DIAN. La decisión enfatiza que dicha responsabilidad se circunscribe a obligaciones derivadas del incumplimiento de deberes formales, conforme al artículo 573 del Estatuto Tributario, y no puede extenderse automáticamente a obligaciones sustanciales de la sociedad. El fallo reafirma la necesidad de un acto administrativo previo que garantice el derecho de defensa, consolidando seguridad jurídica en la aplicación de la figura de responsabilidad subsidiaria.